Hotel, para manejar tortugas

 

Cecilia SOLIS

CANCUN, BJ, 8 de agosto.- La Procuraduría Federal de Protección al Ambiente (Profepa) corroboró que el hotel Secrets Aura, ubicado en el municipio de Cozumel, no cuenta con la Autorización de Aprovechamiento no Extractivo de Vida Silvestre para el manejo, protección y conservación de las especies de tortuga marina, por lo que realizó de manera irregular la liberación de crías de quelonios en días pasados.


En atención a denuncias ciudadanas y notas periodísticas sobre la liberación de crías de tortugas marinas en el citado hotel, la Profepa realizó una visita de inspección al hotel en mención, en la que se constató que también carece de la Autorización con fines turísticos otorgada por la Dirección General de Vida Silvestre de la Semarnat.
Al momento de la inspección, la Profepa ubicó un nido de tortuga marina delimitado con malla color morado y con dimensiones de 2.30 metros por 2.40 metros y 0.70 metros de altura, a una distancia de cinco metros de la pleamar, ubicado frente a las instalaciones del Hotel.
En el sitio existen cuatro letreros con la fecha de la nidada, la cual data del día 19 de julio del año 2017 y que pertenece a la especie de tortuga marina blanca (Chelonia mydas); dichas medidas y manejo fueron realizadas por personal del departamento de Sustentabilidad Ambiental del hotel.
Asimismo, los inspeccionados informaron que el 28 de julio pasado realizaron un evento de liberación de 75 crías de tortugas marinas de la especie blanca (Chelonia mydas), con el apoyo del Departamento de Ecología del municipio de Cozumel.
Por lo anterior, la Profepa solicitó al hotel Secrets Aura las autorizaciones correspondientes que avalaran haber realizado la liberación de los quelonios, por lo que al no contar con estos, se optó por iniciar procedimiento administrativo para determinar las violaciones en las que incurrieron a la normatividad aplicable.
Cabe señalar que la tortuga marina caguama (Caretta caretta), carey (Eretmochelys imbricata) y verde o blanca (Chelonia mydas) están listadas en la Norma Oficial Mexicana NOM-059-SEMARNAT-2010 bajo la categoría “Peligro de Extinción”.
De acuerdo con la Ley General de Vida Silvestre, su reglamento y las disposiciones de las Normas Oficiales Mexicanas, las violaciones cometidas podrán ser sancionadas con la imposición de una multa por el equivalente de 50 a 50,000 mil Unidades de Medida y Actualización vigente en la Ciudad de México.